El Cheque Servicio es el nombre popular de la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) de la Comunidad de Madrid: una ayuda del sistema de atención a la dependencia que permite contratar el servicio en un centro privado acreditado y que la administración lo financie, total o parcialmente, cuando no hay plaza pública disponible.
PSICAB es un centro aceptado para el Cheque Servicio, de modo que la equinoterapia puede financiarse por esta vía. Requiere tener reconocida una situación de dependencia —no basta con un grado de discapacidad—. La solicitud la tramita la familia ante la Comunidad de Madrid; nosotros emitimos la factura y la documentación del servicio prestado.
Qué es exactamente
La Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) es una ayuda prevista en el sistema de atención a la dependencia. Su lógica es sencilla: cuando la administración reconoce que una persona tiene derecho a un servicio de atención pero no hay plaza pública disponible, en lugar de dejarla esperando le entrega una prestación económica para que contrate ese servicio en un centro privado acreditado.
En la Comunidad de Madrid se conoce popularmente como Cheque Servicio. No es dinero de libre disposición: está vinculado a que efectivamente se contrate y se justifique el servicio.
Quién puede pedirlo
A grandes rasgos, y siempre sujeto a la convocatoria vigente, el perfil habitual es:
- Persona con situación de dependencia reconocida por la Comunidad de Madrid. Es el requisito central: la ayuda pertenece al sistema de atención a la dependencia, no al de discapacidad. Tener un grado de discapacidad reconocido no da derecho por sí solo a esta prestación.
- Empadronamiento y residencia efectiva en la Comunidad de Madrid.
- Una resolución que reconozca el derecho al servicio correspondiente.
- Que el servicio se preste en un centro acreditado o aceptado para esta prestación.
El importe que finalmente se concede no es fijo: depende del grado de dependencia reconocido, de la capacidad económica de la unidad familiar y de los topes que establezca la convocatoria.
Los pasos, en orden
- Valoración de la situación de dependencia. Si aún no la tenéis, es el punto de partida y se solicita ante la Comunidad de Madrid. Sin el grado de dependencia reconocido no hay prestación posible, aunque haya un grado de discapacidad.
- Resolución del derecho al servicio. La administración determina qué servicio corresponde y en qué modalidad.
- Solicitud de la PEVS. La presenta la familia, aportando la documentación que pida la convocatoria: resolución, datos del centro elegido, presupuesto o factura del servicio, documentación económica.
- Elección del centro. Aquí es donde entra PSICAB: al ser un centro aceptado, podéis designarnos como prestadores del servicio.
- Prestación y justificación. Se realizan las sesiones y se justifica el servicio con las facturas e informes correspondientes.
Qué aporta PSICAB en el trámite
El expediente lo presenta y lo defiende la familia —no podemos tramitarlo por vosotros—, pero sí aportamos toda la parte que corresponde al centro:
- Condición
- Centro aceptado para el Cheque Servicio (PEVS) de la Comunidad de Madrid
- Presupuesto
- Presupuesto detallado del servicio para adjuntar a la solicitud
- Facturación
- Factura mensual a nombre de quien corresponda, con el desglose que exige la justificación
- Informe clínico
- Informe de la intervención realizada y de los objetivos trabajados
- Justificación
- Certificado de las sesiones efectivamente prestadas
Dos cosas que conviene saber
No esperes a la resolución para empezar a informarte
Los plazos administrativos son largos y variables. La valoración inicial en PSICAB es gratuita, así que podéis venir, conocer el centro y saber si la equinoterapia encaja en el caso de vosotros mientras el expediente sigue su curso. No os compromete a nada.
Guarda todo
Facturas, informes, justificantes de las sesiones, resoluciones. La justificación posterior de la prestación es donde más expedientes se atascan, y casi siempre por documentación que en su momento pareció prescindible.
Otras vías de financiación
El Cheque Servicio no es la única opción que conviene explorar:
- Ayudas municipales. Algunos ayuntamientos de la zona norte de Madrid tienen líneas propias de apoyo a familias con menores con discapacidad.
- Seguros de salud. Ciertas pólizas contemplan reembolso parcial de terapias, aunque rara vez cubren específicamente la equinoterapia. Merece la pena preguntar en tu compañía.
- Deducciones autonómicas y estatales por familia con persona con discapacidad a cargo, en la declaración de la renta. Consúltalo con quien te lleve los impuestos.
- Fundaciones y asociaciones de la patología concreta, que a veces disponen de becas para terapias complementarias.
Dónde consultar la información oficial
Esta página es orientativa. La información válida y actualizada está en:
- La sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en el trámite de prestaciones económicas vinculadas al servicio.
- Tu centro de servicios sociales municipal, que es además donde mejor te orientarán sobre el orden de los trámites.
- Los Centros Base de la Comunidad de Madrid, donde se tramitan las valoraciones de dependencia y de discapacidad.
Si tienes dudas sobre cómo encaja la equinoterapia en tu solicitud, pregúntanos: hemos acompañado a varias familias en este trámite y sabemos qué documentación suele pedirse por nuestra parte.
Dudas sobre el Cheque Servicio
¿Qué es el Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid?
Es el nombre habitual de la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS): una ayuda económica de la Comunidad de Madrid que permite a la familia recibir la atención en un centro privado acreditado, financiada total o parcialmente por la administración, cuando no hay plaza pública disponible.
¿Puedo usar el Cheque Servicio para la equinoterapia en PSICAB?
Sí. PSICAB es un centro aceptado para el Cheque Servicio, por lo que la terapia puede financiarse por esta vía. El importe concreto que se cubre lo determina la resolución de la Comunidad de Madrid en cada caso.
¿Quién puede solicitarlo?
Con carácter general, personas con una situación de dependencia reconocida por la Comunidad de Madrid, empadronadas en ella, y con una resolución que dé derecho al servicio. Es importante no confundirlo: la ayuda pertenece al sistema de atención a la dependencia, no al de discapacidad. Tener reconocido un grado de discapacidad no da derecho por sí solo a esta prestación. Los requisitos exactos y los plazos los fija la Comunidad de Madrid en su convocatoria.
¿Cubre el 100 % del coste?
Depende de la resolución individual. Puede cubrir el coste total o una parte, según el grado de dependencia reconocido, la renta y los límites establecidos en la convocatoria vigente.
¿Quién hace el trámite, la familia o el centro?
La solicitud la presenta la familia ante la Comunidad de Madrid. PSICAB aporta lo que corresponde al centro: factura, informe de la intervención y justificación del servicio prestado.
¿Cuánto tarda en resolverse?
Los plazos los marca la administración y varían según la convocatoria y la carga de expedientes. Nuestra recomendación es no esperar a la resolución para hacer la valoración inicial, que es gratuita.
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¿Te ayudamos a verlo claro?
En la valoración inicial, que es gratuita, podemos revisar juntos si tu caso encaja en la ayuda y qué documentación necesitarás por nuestra parte.